
Guerrero es una de las 32 entidades federativas de la República Mexicana, cuenta con una extensión de 63,595.9 km2 lo que representa el 3.2 % de la superficie del territorio nacional, tiene una población de 3,540,685 habitantes, el 2.8 % del total del país. su capital es la Ciudad de Chilpancingo de los Bravo.
Guerrero se divide en 85 municipios: Acapulco de Juárez, Ahuacuotzingo, Ajuchitlán del Progreso, Alcozauca de Guerrero, Alpoyeca, Apaxtla, Arcelia, Atenango del Río, Atlamajalcingo del Monte, Atlixtac, Atoyac de Álvarez, Ayutla de los Libres, Azoyú, Benito Juárez, Buenavista de Cuéllar, Coahuayutla de José María Izazaga, Cocula, Copala, Copalillo, Copanatoyac, Coyuca de Benítez, Coyuca de Catalán, Cuajinicuilapa, Cualác, Cuautepec, Cuetzala del Progreso, Cutzamala de Pinzón, Chilapa de Álvarez, Chilpancingo de los Bravo, Florencio Villarreal, General Canuto A. Neri, General Heliodoro Castillo, Huamuxtitlán, Huitzuco de los Figueroa, Iguala de la Independencia, Igualapa, Ixcateopan de Cuauhtémoc, Zihuatanejo de Azueta, Juan R. Escudero, Leonardo Bravo, Malinaltepec, Mártir de Cuilapan, Metlatónoc, Mochitlán, Olinalá, Ometepec, Pedro Ascencio Alquisiras, Petatlán, Pilcaya, Pungarabato, Quechultenango, San Luis Acatlán, San Marcos, San Miguel Totolapan, Taxco de Alarcón, Tecoanapa, Técpan de Galeana, Teloloapan, Tepecoacuilco de Trujano, Tetipac, Tixtla de Guerrero, Tlacoachistlahuaca, Tlacoapa, Tlalchapa, Tlalixtaquilla de Maldonado, Tlapa de Comonfort, Tlapehuala, La Unión de Isidoro Montes de Oca, Xalpatláhuac, Xochihuehuetlán, Xochistlahuaca, Zapotitlán Tablas, Zirándaro, Zitlala, Eduardo Neri, Acatepec, Marquelia, Cochoapa el Grande, José Joaquín de Herrera, Juchitán, Iliatenco, Las Vigas, Ñuu Savi, Santa Cruz del Rincón y San Nicolás.
FUENTE: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020.
https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/camp/default.aspx?tema=me&e=04
Cuantos reglamentos de tránsito existen en el estado de Guerrero, si tomamos en cuenta que cuenta con 85 municipios y cada uno de ellos puede emitir su reglamento de tránsito y además el correspondiente al reglamento de tránsito estatal, podría haber 86 reglamentos de tránsito.
La facultad de regular el tránsito correspondía a las entidades federativas, pero a partir de 1983 la Federación otorgó facultades a los municipios para regular el servicio público de tránsito, esa facultad la encontramos contenida en el artículo 115 de nuestra Constitución.
Facultad que no le correspondía a la federación, ya que de acuerdo a la Constitución Política esta facultad le pertenecía a los estados, no obstante antes de otorgar esta atribución, algunos municipios ya contaban con reglamentos de tránsito; esto vino a incentivar a que muchos municipios expidieran sus reglamentos de tránsito, y es por lo que, existe una gran diversidad de reglamentos de tránsito en nuestro país, independientemente de que cada entidad federativa cuenta con su reglamento de tránsito y de que la Federación cuenta también con el suyo.
El artículo 115 establece para ello, que las legislaturas de las Entidades Federativas deberán expedir Leyes en materia Municipal y los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar los reglamentos de tránsito que organicen la Administración Pública Municipal que regulan el tránsito municipal, sus procedimientos y funciones.
Por lo que, cuando el Municipio ejerce su facultad de emitir su reglamento no existe dificultad legal alguna, el problema se presenta cuando no cuentan con un reglamento de tránsito, en este caso
¿Qué reglamento de tránsito se aplica en esos municipios?
En este caso existen diversas causas por las cuales el municipio no ejerce sus facultades de emitir su reglamento de tránsito. El artículo 115 establece que a juicio del ayuntamiento sea necesario, podrá celebrar Convenios con el Estado, para que este, se haga cargo en forma temporal de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo o se presten a ejercer coordinadamente por el Estado y el municipio, a través de un convenio; cuando al no existir convenio, para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal y la legislatura estatal considere que el municipio está imposibilitado para ejercer o prestarlo, será necesario una solicitud previa del ayuntamiento aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes, para que el estado preste el servicio de tránsito.
Cuando los municipios no cuenten con los reglamentos correspondientes, las leyes en materia municipal de los estados establecerán las disposiciones aplicables, el procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal.
Otro de los problemas que se presentan en nuestro país radica en que en muchas ocasiones los municipios no publican sus reglamentos de tránsito en el periódico o gaceta oficial y los emiten a través de Bandos de Policía y Buen Gobierno.
Los reglamentos que hemos encontrado en los sitios de las autoridades del estado de Guerrero son los siguientes, los cuales puedes descargarlos o consultarlos:
La Regulación del Tránsito en el Estado de Guerrero
Reglamento de la Ley de Transporte y Vialidad del Estado.
Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de Acapulco de Juárez.
Reglamento de Tránsito y Vialidad para el Municipio de Pungarabato.
Reglamento de Tránsito, Vialidad y Transporte del Municipio de Iguala de la Independencia.
Reglamento de Tránsito y Vialidad para el Municipio de Zihuatanejo.
En cuanto acudamos a cada uno de los municipios del estado de Guerrero, los pondremos a tu disposición.

