
El Estado de Tlaxcala es una de las 32 entidades federativas de la República Mexicana, cuenta con una extensión de 3,996.6 km2 lo que representa el 0.2 % de la superficie del territorio nacional, tiene una población de 1,342,977 habitantes, el 1.1 % del total del país. Su capital es Tlaxcala de Xicohténcatl.
Tlaxcala se divide en 60 municipios:
Amaxac de Guerrero, Apetatitlán de Antonio Carvajal, Atlangatepec, Atltzayanca, Apizaco, Calpulalpan, El Carmen Tequexquitla, Cuapiaxtla, Cuaxomulco, Chiautempan, Muñoz de Domingo Arenas, Españita, Huamantla, Hueyotlipan, Ixtacuixtla de Mariano Matamoros, Ixtenco, Mazatecochco de José María Morelos, Contla de Juan Cuamatzi, Tepetitla de Lardizábal, Sanctórum de Lázaro Cárdenas, Nanacamilpa de Mariano Arista, Acuamanala de Miguel Hidalgo, Natívitas, Panotla, San Pablo del Monte, Santa Cruz Tlaxcala, Tenancingo, Teolocholco, Tepeyanco, Terrenate, Tetla de la Solidaridad, Tetlatlahuca, Tlaxcala, Tlaxco, Tocatlán, Totolac, Ziltlaltépec de Trinidad Sánchez Santos, Tzompantepec, Xaloztoc, Xaltocan, Papalotla de Xicohténcatl, Xicohtzinco, Yauhquemehcan, Zacatelco, Benito Juárez, Emiliano Zapata, Lázaro Cárdenas, La Magdalena Tlaltelulco, San Damián Texóloc, San Francisco Tetlanohcan, San Jerónimo Zacualpan, San José Teacalco, San Juan Huactzinco, San Lorenzo Axocomanitla, San Lucas Tecopilco, Santa Ana Nopalucan, Santa Apolonia Teacalco, Santa Catarina Ayometla, Santa Cruz Quilehtla y Santa Isabel Xiloxoxtla.
FUENTE: INEGI. Censo de Población y Vivienda 2020.
https://cuentame.inegi.org.mx/monografias/informacion/camp/default.aspx?tema=me&e=04
Cuantos reglamentos de tránsito existen en el Estado de Tlaxcala, si tomamos en cuenta que cuenta con 60 municipios y cada uno de ellos puede emitir su reglamento de tránsito y además el correspondiente al reglamento de tránsito estatal, podrían existir 61 reglamentos de tránsito.
La facultad de regular el tránsito correspondía a las entidades federativas, pero a partir de 1983 la Federación otorgó facultades a los municipios para regular el servicio público de tránsito, esa facultad la encontramos contenida en el artículo 115 de nuestra Constitución.
Facultad que no le correspondía a la federación, ya que de acuerdo a la Constitución Política, esta facultad le pertenecía a los estados, no obstante antes de otorgar esta atribución, algunos municipios ya contaban con reglamentos de tránsito; esto vino a incentivar a que muchos municipios expidieran sus reglamentos de tránsito, y es por lo que, existe una gran diversidad de reglamentos de tránsito en nuestro país, independientemente de que cada entidad federativa cuenta con su reglamento de tránsito y de que la Federación cuenta también con el suyo.
El artículo 115 establece para ello, que las legislaturas de las Entidades Federativas deberán expedir Leyes en materia Municipal y los ayuntamientos tendrán facultades para aprobar los reglamentos de tránsito que organicen la Administración Pública Municipal que regulan el tránsito municipal, sus procedimientos y funciones.
Por lo que, cuando el Municipio ejerce su facultad de emitir su reglamento no existe dificultad legal alguna, el problema se presenta cuando no cuentan con un reglamento de tránsito, para este dilema
¿Qué reglamento de tránsito se aplica en esos municipios?
En este caso existen diversas causas por las cuales el municipio no ejerce sus facultades de emitir su reglamento de tránsito. El artículo 115 establece que a juicio del ayuntamiento sea necesario, podrá celebrar Convenios con el Estado, para que este, se haga cargo en forma temporal de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo o se presten a ejercer coordinadamente por el Estado y el municipio, a través de un convenio; cuando al no existir convenio, para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal y la legislatura estatal considere que el municipio está imposibilitado para ejercer o prestarlo, será necesario una solicitud previa del ayuntamiento aprobada por cuando menos las dos terceras partes de sus integrantes, para que el estado preste el servicio de tránsito.
Cuando los municipios no cuenten con los reglamentos correspondientes, las leyes en materia municipal de los estados establecerán las disposiciones aplicables, el procedimiento y condiciones para que el gobierno estatal asuma una función o servicio municipal.
Otro de los problemas que se presentan en nuestro país radica en que en muchas ocasiones los municipios no publican sus reglamentos de tránsito en el periódico o gaceta oficial y los emiten a través de Bandos de Policía y Buen Gobierno.
Los reglamentos que hemos encontrado en los sitios de las autoridades del Estado de Tlaxcala son los siguientes, los cuales puedes descargarlos o consultarlos:
La Regulación del Tránsito en el Estado de Tlaxcala
Reglamento de Seguridad Vial y Transito de Apizaco, Tlaxcala.
Reglamento de Tránsito y Vialidad para el Municipio de San Lorenzo Axocomanitla, Tlaxcala.
Reglamento de Seguridad Vial y Tránsito del Municipio de Atlangatepec, Tlaxcala.
Reglamento de Tránsito y Vialidad del Municipio de San Juan Huactzinco, Tlaxcala.
En cuanto acudamos a cada uno de los municipios del Estado de Tlaxcala, los pondremos a tu disposición.


Me gustaría saber si existe en la actualidad algún reglamento de vialidad en el municipio de Tlaxcala, específicamente para la comunidad de Santa María Acuitlapilco, debido a que es una zona donde por desgracia con frecuencia se han presentado varios accidente en donde han perdido la vida varias personas, en parte es debido a que la carretera conocida como Puebla – Tlaxcala de ambos lados se encuentra obstruida por el comercio informal, vehículos descompuestos y abandonados, por talleres mecánicos y por comerciantes que exhiben sus mercancías. además de desperdicio de construcción. Lo anterior origina que las personas incluyendo a las mayores con alguna discapacidad transiten con máximo riesgo e inseguridad, ya que su única alternativa es caminar sobre la carretera, pues las banquetas y aceras se encuentran ocupadas por el comercio informal o por los comercios que apartan sus frentes para estacionamiento exclusivo de clientes.
No dudo que exista el reglamento que pueda normar este problema que considero muy sencillo de ejecutar, y que además no requiere de recursos económicos, solo realizar una supervisión ocular, dar a conocer el reglamento a los vecinos y comerciantes involucrados y proceder a las amonestaciones en caso de ser necesario. Por lo que solicito por este medio a las autoridades correspondientes hagan su trabajo, ayudará a generar una buena imagen de orden, limpieza y liderazgo de la administración en curso de la Ciudad de Tlaxcala como principal cabecera Municipal.
Me despido agradeciendo la atención que se le dé al presente, quedo a sus ordenes.